COMUNICADO DE LA FEDERACIÓN DE JÓVENES INVESTIGADORES/PRECARIOS
Algo más de dos años después de que, en septiembre
de 2001, Ramón Marimón (entonces Secretario de Estado de
Política Científica y Tecnológica), anunciara la elaboración
de un Estatuto del Becario de Investigación
(http://www.senado.es/legis7/publicaciones/pdf/senado/ds/CS0170.PDF),
se ha aprobado el Real Decreto del Estatuto del Becario en Consejo de Ministros
del 24 de octubre de 2003.
La Federación de Jóvenes Investigadores/Precarios (FJI-Precarios,
http://www.precarios.org) acoge
esta medida con una profunda decepción. En primer lugar, por el
dilatado proceso de elaboración, que ha abusado de la paciencia
de un colectivo en unas condiciones laborales muy precarias, y durante
el que se han ninguneado todas las aportaciones de la FJI-Precarios.
En segundo lugar, porque el Estatuto del Becario nunca fue la reivindicación
de la FJI-Precarios: defendemos que nuestras investigaciones constituyen
actividad laboral y que por ello, se nos debe retribuir mediante contratos.
Ante la inmovilidad del Gobierno, durante los tres años de continua
lucha por obtener algún avance, hemos demostrado que este colectivo
es laboralmente productivo (http://www.precarios.org/docs/productividad1.2.1.html)
y que su situación es España es de las peores de Europa (http://www.precarios.org/docs/Informe_IIFIv4.1.doc).
A pesar del avance que supone, este Estatuto aún deja al Gobierno por detrás de Comunidades Autónomas como Aragón y Cataluña, que ofrecen contratos a sus becarios durante dos años (y cuyo modelo se ha incluido en el programa electoral del PSOE), o por el Ministerio de Sanidad, que ofrece contratos a los licenciados en Medicina que quieran realizar la tesis doctoral, por no hablar de la situación en otros países. Entrando en detalles, y a falta del texto aprobado, el avance que se ha publicado (http://www.la-moncloa.es/web/asp/min04.asp#Becario) contiene puntos muy criticables.
Escaso ámbito de aplicación.
En primer lugar, el Real Decreto excluye a los doctorandos de primer
y segundo año, ya licenciados pero que aún no han obtenido
el DEA (título que requiere de la presentación de un trabajo
de investigación). Esto, por sí solo, ya reduce prácticamente
a la mitad el número de beneficiarios del Estatuto, y la justificación
de tal recorte es contradictoria y no se corresponde con la realidad. Se
dice en el adelanto informativo que el DEA "reconoce la labor realizada"
(no la capacitación adquirida); por tanto, si hay labor realizada,
¿que sentido tiene negar el beneficio del Estatuto?. Este punto,
además, es una grave regresión sobre el texto evaluado por
el Consejo Económico y Social (CES), en el que no se incluía
este recorte. Ya en el Dictamen del CES (Dictamen 6, de junio de 2003,
http://www.precarios.org/docs/dictamenCESfinal.pdf)
se señalaba otro de los graves defectos del Estatuto: su aplicación
en exclusiva a los programas de becas previamente incluidos en un Registro
de inscripción voluntaria. Dada la gran heterogeneidad de programas
de becas presente en el panorama nacional
(http://www.precarios.org/docs/predoctorales.htm,
http://www.precarios.org/docs/postdoctorales.htm,
http://www.precarios.org/docs/otrasbecas.htm),
este punto sólo contribuye a empeorar la situación y, según
el CES, "podría vulnerar los principios constitucionales de interdicción
de la arbitrariedad de los poderes públicos y de la igualdad, así
como el derecho a la protección social". En tercer lugar, sólo
las becas financiadas con fondos públicos podrán entrar en
el registro,
lo cual entra en contradicción con el pretendido esfuerzo del
Gobierno en la incorporación del sector privado a la investigación
en España. Por último, se excluye a los becarios de la UNED
de manera absolutamente injustificada e incomprensible.
Asimilación muy incompleta al Régimen General de la
Seguridad Social (RGSS).
En el plano de las prestaciones concedidas, es falso pretender que
se nos dé "acceso al RGSS". Para empezar, se nos niega, también
sin justificación, el derecho a prestación por desempleo.
Si se reconoce la oportunidad de que nuestra actividad merezca cobertura
social, ¿por qué negar esta prestación, cuando algunas
becas prohíben explícitamente inscribirse el INEM como demandante
de empleo? Puesto que, además, un investigador puede fácilmente
pasar diez años como becario, hay abundantes transiciones de una
beca a otra que dejan meses al descubierto, durante los cuales el investigador
no cobra absolutamente nada, pero no interrumpe sus proyectos científicos.
Dicho subsidio sería un buen paliativo de tal situación (aunque
no el idóneo). Para continuar con las rebajas, el resto de las cotizaciones
son incompletas, puesto que la base de cotización no es el salario
real sino el Salario Mínimo Interprofesional, lo cual puede suponer
un recorte medio superior al 20% en las cotizaciones (de unos 800eur a
570eur). Aparte de esto, continúa siendo una incógnita cómo
se regulará el derecho a vacaciones, por ejemplo. En cuanto al derecho
a permiso por maternidad, puesto que algunas becas ya lo reconocen con
una paga del 100%, una cotización disminuida podría ser un
paso atrás en estos casos.
Por otro lado, el Estatuto sigue contemplando la vergonzosa posibilidad de pagar a un doctor, que ha obtenido el más alto título académico, con una beca de formación. Además, el colectivo de becarios de investigación, que llena los despachos y laboratorios de todos los centros de investigación españoles, sigue sin ser considerado un trabajador, sin vinculación con el instituto o departamento donde trabaja, y sin los derechos básicos que reconoce el Estatuto de los Trabajadores, como el derecho de sindicación, o de beneficiarse de los convenios colectivos.
Además de todas los defectos teóricos del Estatuto, es de temer que, con los retrasos precedentes, su aplicación también se haga esperar. La fecha de aplicación nominal no tendrá valor alguno si el Gobierno actúa con diligencia en la puesta en marcha del Registro de becas (para el que ya se ha anunciado la no-provisión de mayores recursos), cuyo funcionamiento es requisito imprescindible para que las cotizaciones tengan lugar. Sería muy importante además que se llevara a cabo una campaña de información y sensibilización entre los organismos y entidades emisoras de becas para minimizar el número de becas no inscritas.
Con todo ello, la FJI-Precarios considera que este Real Decreto es un tímido avance y, puesto que es el primer intento en España de regular la situación de los investigadores en etapas iniciales, por sus recortes, inconcreciones y falta de universalidad, no merece el rango de Estatuto, y se ha convertido en un fracaso desde su aprobación.
Atentamente
Federación de Jóvenes Investigadores (FJI-Precarios)
www.precarios.org/ofiprensa.php3
Para mas información:
- Maria Villarroya (Presidenta FJI-Precarios): 646 600 480 / 93 581
3514, Maria.Villarroya@uab.es
- Marta López Darias (Coordinadora comisión Medios):
619 085093, mdarias@ull.es
- Elvira Martín (Co-Coordinadora comisión Instituciones):
914290626 ext.2510 / fax 913974799 emartin@filol.csic.es
- Joaquín de Navascués, (Secretario FJI-Precarios, Coordinador
Comisión Documentación): 609122608, 91 397 5072 jdenavas@cbm.uam.es